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sábado, 28 de março de 2009

Plan Cóndor: 20 a 25 años de condena a militares y policías

La Justicia condenó a ocho ex militares y policías a cumplir penas de 20 y 25 años por el homicidio de 28 uruguayos detenidos en Argentina en la última dictadura (1973-1985) en el marco del Plan Cóndor.

La sentencia, que fue notificada ayer por el juez penal Luis Charles, es la primera condena de primera instancia que se emite en un caso de violación a los derechos humanos a un grupo de ex represores que fueron procesados con prisión en septiembre de 2006.

La resolución castiga a los ex militares José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Jorge Silveira, Ernesto Ramas y Gilberto Vázquez con 25 años de prisión por 28 delitos de "homicidio muy especialmente agravados", mientras que al ex militar Luis Maurente y los ex policías Ricardo Medina y José Sande Lima los condena por el mismo delito, pero a la pena de 20 años de cárcel, debido a que se constató su menor participación en los hechos investigados.

El juez Charles y la fiscal Mirtha Guianze condenan a los ex militares y policías por su accionar represivo en Buenos Aires en el marco del Plan Cóndor en el año 1976, cuando fueron perseguidos, detenidos y desaparecidos un grupo de uruguayos que se había exiliado en ese país.


El año pasado, la fiscal Guianze había pedido que todos los procesados fueran condenados por el delito de "desaparición forzada". Sin embargo, el juez Charles, en su resolución notificada ayer, desestimó esa tipificación y mantuvo el delito de "homicidio muy especialmente agravado".

A pesar de que los hechos ocurrieron en Buenos Aires principalmente contra militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), se comprobó la existencia de varios traslados clandestinos a Montevideo donde esas personas fueron desaparecidas.

En dos extensos fallos de más de 140 páginas cada uno -ya que los casos de Gavazzo y Arab se tramitaron por separado tras un recurso que presentaron ante la Suprema Corte de Justicia-, el juez Charles recoge diversa jurisprudencia internacional que señala que los Estados deben indagar los casos de violación a los derechos humanos.

"La obligación de investigar las graves violaciones a los derechos humanos es una obligación internacional, tanto bajo tratados como bajo el derecho internacional consuetudinario, y es uno de los componentes del deber de garantía del Estado", explica el juez.

"Así, la obligación de procesar y castigar a los responsables de violaciones de derechos humanos está en estrecha relación con la de investigar los hechos", subraya el magistrado.

APELACIONES. En los próximos días, los abogados defensores de los ex represores apelarán la resolución del juez Charles, por lo que un Tribunal de Apelaciones Penal deberá estudiar el caso. En el mismo sentido la fiscal Guianze recurrirá la resolución y buscará que se impute a los ex militares y policías el delito de "desaparición forzada". Ello provocará que el caso llegue en su momento a estudio de la Suprema Corte de Justicia.

Los casos

Los desaparecidos en este caso son: Adalberto Soba, Gerardo Gatti, León Duarte, Alberto Mechoso, Ary Cabrera, Susana Trias, Mario Cruz, Segundo Chejenian, Graciela Da Silveira, Rafael Lezama, Miguel Moreno, Carlos Rodríguez, Domingo Queiro, Josefina Kleim, Washington González, Ruben Prieto, Julio Rodríguez, Jorge Zaffaroni, Emilia Islas, Juan Morales, Walner Bentancour, Roger Julien, Victoria Grisonas, Raúl Tejera, Juan Recagno, María Cárdenas, Bernardo Arnone y Juan Errandonea.


Um comentário:

Anônimo disse...

muy bueno, tardó pero llegó, espero q mantengan la decisión...